Marca Comunitaria

La Marca Comunitaria, es todo signo susceptible de representación que nos permita distinguir en el mercado comunitario, nuestros productos y servicios.
Con este tipo de registro, nuestra Marca quedaría protegida en todos los países miembros de la Comunidad Europea.

El procedimiento viene regulado por el Reglamento de la Marca Comunitaria que establece la posibilidad de obtener mediante una única solicitud, que se presenta en la  Oficina de Armonización del Mercado Interior, la protección en la totalidad de los países comunitarios.

La Marca Comunitaria tiene un carácter unitario y produce el mismo efecto en todo el territorio de la Comunidad.

La duración de este registro es de 10 años renovables indefinidamente.

VENTAJAS DE LA MARCA COMUNITARIA

La Marca queda protegida en todos los países miembros de la comunidad.
Agilidad en la tramitación y reducción de costes, ya que se presenta una única solicitud, con los mismos efectos que si la solicitud hubiese sido presentada en cada uno de los países miembros de la Comunidad, reduciéndose tanto el plazo de concesión como los costes.

Respecto a la Antigüedad de la Marca Nacional, ya que los titulares de una Marca Nacional que soliciten la Marca Comunitaria, van a poder conservar la antigüedad que tengan en su registro nacional, para protegerse de las posibles oposiciones de terceros comunitarios.

Con la Marca Comunitaria los productos y servicios quedan protegidos en 3 de las 45 clases (nomenclator) de la Clasificación de Niza, por el mismo precio, esto conlleva un gran ahorro para todas aquellas empresas que por la diversidad de productos y servicios que comercialicen, deban de protegerse en mas de una clase.

Para una mejor información póngase en contacto con nuestro departamento de Atención al cliente llamando al teléfono: 902.19.40.96

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