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Marca Nacional Marca Nacional es todo signo susceptible de representación ( signo = vocablo, grafico, sonidos, envases, etc..), que sirve para distinguir en el mercado, los productos o servicios de una empresa, de los productos o servicios idénticos o similares de los de la competencia. Por lo tanto puede ser Marca todo aquello que nos sirva para identificar el producto o servicio, que se quiere comercializar, alguno de los cuales se detallan a continuación:
Estos signos deben servir para distinguir los productos o servicios de otros idénticos o similares. Además es preciso que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones establecidas en la Ley de Marcas, algunas de las cuales se detallan a continuación: PROHIBICIONES ABSOLUTAS
PROHIBICIONES RELATIVAS
VIGENCIA DE UNA MARCA Las Marcas se conceden por un periodo de 10 años desde la fecha de solicitud, trascurrido dicho plazo, se pueden renovar por otro periodo igual, y así sucesivamente. DERECHO PARA UTILIZAR UNA MARCA Para obtener el dominio sobre una marca y el derecho a utilizarla de forma exclusiva, hay que registrar la marca en la Oficina Española de Patentes y Marca. ¿QUIÉN PUEDE SER TITULAR DE UNA MARCA? El titular de una marca puede ser una persona física o jurídica; así como varias personas físicas. DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA
SUSPENSO DE UNA MARCA Un suspenso es una Resolución Administrativa que dicta la Oficina Española de Patentes y Marcas, el suspenso puede deberse a diferentes causas, entre las cuales se encuentra, la Oposición realizada por un tercero, por considerar que la marca para la que se pretende el registro es igual o similar a la suya. Una vez se dicta el suspenso de la Marca, el expediente se paraliza y se abre un plazo para contestar el suspenso. El suspenso de una Maca no presupone la denegación del expediente. OPOSICIÓN A UNA MARCA Es una vía administrativa por la que toda persona titular de una marca puede oponerse a la concesión de otras Marcas iguales o similares a la suya, siempre que sean posteriores a su registro. Todas las Marcas que se solicitan, son publicadas en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, una vez se publican, se abre un plazo para que todo aquel que ya sea propietario de una Marca, pueda oponerse a las nuevas solicitudes, y preservar así su derecho de utilización en exclusiva de la Marca de la que son propietarios. RECURSO Es un recurso administrativo que se interpone ante la Oficina Española de Patentes y Marcas por los siguientes motivos:
A veces, aunque hallamos presentado una Oposición al registro (mirar OPOSICIÓN A UNA MARCA) puede ocurrir que la marca se conceda, en cuyo caso aún podríamos seguir oponiéndonos a esa Marca, presentando un recurso contra dicha concesión. CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Las marcas se registran en relación con un grupo de productos y servicios, éstos han sido agrupados en un nomenclator de 45 clases diferentes a efectos del Registro de Marcas. Cada clase comprende una pluralidad de productos o servicios relacionados entre sí. Una solicitud de marca puede comprender tantas clases como desee el solicitante. Para una mejor información póngase en contacto con nuestro departamento de Atención al cliente llamando al teléfono: 902.19.40.96 |
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