Marca Nacional

Marca Nacional es todo signo susceptible de representación ( signo = vocablo, grafico, sonidos, envases, etc..), que sirve para distinguir en el mercado, los productos o servicios de una empresa, de los productos o servicios idénticos o similares de los de la competencia.

Por lo tanto puede ser Marca todo aquello que nos sirva para identificar el producto o servicio, que se quiere comercializar, alguno de los cuales se detallan a continuación:

  • Vocablos: las palabras o combinaciones de palabras.
  • Gráficos: las imágenes, figuras, símbolos y gráficos.
  • Mixto: combinación de los dos anteriores.
  • Formas tridimensionales: entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación.
  • Sonidos: siempre que sean susceptibles de representación gráfica.

Estos signos deben servir para distinguir los productos o servicios de otros idénticos o similares. Además es preciso que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones establecidas en la Ley de Marcas, algunas de las cuales se detallan a continuación:

PROHIBICIONES ABSOLUTAS

  • Nombres genéricos
  • Indicadores de procedencia geográfica
  • Signos contrarios al orden público
  • Signos engañosos

PROHIBICIONES RELATIVAS

  • Los signos idénticos o semejantes a los ya registrados para productos o servicios similares.
  • Los signos que supongan aprovechamiento indebido de los ya registrados.
  • Las imágenes o nombres de un tercero sin su autorización.

VIGENCIA DE UNA MARCA

Las Marcas se conceden por un periodo de 10 años desde la fecha de solicitud, trascurrido dicho plazo, se pueden renovar por otro periodo igual, y así sucesivamente.

DERECHO PARA UTILIZAR UNA MARCA

Para obtener el dominio sobre una marca y el derecho a utilizarla de forma exclusiva, hay que registrar la marca en la Oficina Española de Patentes y Marca.

¿QUIÉN PUEDE SER TITULAR DE UNA MARCA?

El titular de una marca puede ser una persona física o jurídica; así como varias personas físicas.

DERECHOS QUE OTORGA EL REGISTRO DE UNA MARCA

  • Derecho a utilizar la marca en exclusiva en el tráfico económico.
  • Ceder o licenciar la marca, es decir, autorizar a un tercero a utilizar la Marca mediante el pago de un canon, etc.
  • Impedir que terceros no autorizados utilicen una marca idéntica o similar a la suya.
  • Oponerse a que puedan registrarse otras Marcas que puedan provocar confusión con la suya.
  • Solicitar ante los Tribunales la nulidad de marcas posteriores y confundibles con la suya.

SUSPENSO DE UNA MARCA

Un suspenso es una Resolución Administrativa que dicta la Oficina Española de Patentes y Marcas, el suspenso puede deberse a diferentes causas, entre las cuales se encuentra, la Oposición realizada por un tercero, por considerar que la marca para la que se pretende el registro es igual o similar a la suya.

Una vez se dicta el suspenso de la Marca, el expediente se paraliza y se abre un plazo para contestar el suspenso.
Es necesario en este punto presentar un escrito para la defensa de la Marca.

El suspenso de una Maca no presupone la denegación del expediente.

OPOSICIÓN A UNA MARCA

Es una vía administrativa por la que toda persona titular de una marca puede oponerse a la concesión de otras Marcas iguales o similares a la suya, siempre que sean posteriores a su registro.

Todas las Marcas que se solicitan, son publicadas en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, una vez se publican, se abre un plazo para que todo aquel que ya sea propietario de una Marca, pueda oponerse a las nuevas solicitudes, y preservar así su derecho de utilización en exclusiva de la Marca de la que son propietarios.

RECURSO

Es un recurso administrativo que se interpone ante la Oficina Española de Patentes y Marcas por los siguientes motivos:

  1. Ante una resolución denegatoria de nuestra Marca.
  2. Contra la concesión de una Marca igual o similar a la nuestra.

A veces, aunque hallamos presentado una Oposición al registro (mirar OPOSICIÓN A UNA MARCA) puede ocurrir que la marca se conceda, en cuyo caso aún podríamos seguir oponiéndonos a esa Marca, presentando un recurso contra dicha concesión.

CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

Las marcas se registran en relación con un grupo de productos y servicios, éstos han sido agrupados en un nomenclator de 45 clases diferentes a efectos del Registro de Marcas.

Cada clase comprende una pluralidad de productos o servicios relacionados entre sí.

Una solicitud de marca puede comprender tantas clases como desee el solicitante.

Para una mejor información póngase en contacto con nuestro departamento de Atención al cliente llamando al teléfono: 902.19.40.96

| Contactenos |    | Inicio |